Viernes, Septiembre 10, 2010
   
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Contratos Incumplidos

Of. No.441 MC-A-2010
Cotacachi, 17 de mayo del 2010
Señor Doctor
Jorge Luis Gonzalez.
DIRECTOR EJECUTIVO DEL INCOP.

Quito.-
De mis consideraciones:

Reciba un cordial y atento saludo a nombre del Gobierno Municipal de Cotacachi, y a la vez deseandole el mejor de los exitos en sus actividades diarias.
El Gobierno Municipal de Cotacachi, respetuoso de los procesos de contratacion vigentes, se procedio conforme lo establecido en el Capitulo II, PROCEDIMIENTOS DINAMICOS, Seccion 1, COMPRAS POR CATALOGO; Art. 46 la inciso de la LOSNCP, textualmente manifiesta "... Las Entidades Contratantes deberan consuitar el catalogo electronico previamente a establecer procesos de adquisicion de bienes y servicios. Šolo en caso de que el bien o servicio requerido no se encuentre catalogado se podra realizar otros procedimientos de seleccion para la adquisicion de bienes o servicios, de conformidad con la presente Ley y su Reglamento.
Con fecha 29 de maržo, se procedio con la aprobacion de compra por CATALOGO ELECTRONICO, para la provision de Suministros de Limpieza, de nuestra institucion; Adjunto copias simples de la ORDEN DE COMPRA CM-2010-MUNICIP1O DE COTACACHI-03579, generada a favor de DiSPRODENT, representada por el Ing. Garate Aguirre Juan Carlos, con RUC No. 0102628880001.
De igual manera segun lo que dispuesto en el inciso I del Art. 69 de la LOSNCP Suscripcion de Contratos.- que textualmente dice ".... Las contrataciones que se realicen por el sistema de catalogo se formalizaran con la orden de compra v el acta de entrega".
Acta de entrega recepcion que la municipaiidad no la ha suscrito hasta la presente fecha.
Conocedores de que el INCOP, ha suscrito un Convenio Marco 'ADOUISICION DE SUMINISTROS DE LIMPIEZA" ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE CONTRATACION PUBLICA, INCOP, Y JUAN CARLOS GARATE AGUIRRE, suscrito el 03 de diciembre del 2009.

En tal virtud, comunico a usted, el INCUMPLIMIENTO, en la entrega de los Suministros de Limpieza, por parte de DISPRODENT, representado por Ing. Garate Aguirre Juan Carlos. Y se proceda de conformidad a lo que estipula la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública en los artículos 92, 94, 95 y 98; y el Art. 146 del Reglamento LOSNCP y demás resoluciones emitidas por INCOP; debiendo proceder acorde con el texto de la cláusula Décima Primera del Convenio Marco.
Particular   que   me   permito   poner   en   su   conocimiento   para   los   fines   legales consiguientes.

Adjunto documentación solicitada. Atentamente,

 

Lic. Alberto Anrango Bonilla.

ALCALDE DE COTACACHI.